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Abogado Dr. Nelson Castillo Cortesía Boletín 34 Univisión Noticias
NOTA; El propósito de exponer este reportaje de televisión, es para mantener informada
a la comunidad, emigrante en general, en este tipo de trámites de inmigración,
deben de ser por medio de un Abogado certificado.

Abogado Dr. Nelson Castillo Cortesía Boletín 34  Univisión Noticias

NOTA; El propósito de exponer este reportaje de televisión, es para mantener informada, a la comunidad, emigrante en general, este tipo de trámites de inmigración, deben de ser por medio de un Abogado certificado.
 

E-2 Inversionistas

 

 El E-2 clasificación de no inmigrante permite a un nacional de un país del tratado (un país con el que Estados Unidos mantiene

 un tratado de comercio y navegación) para ser admitido en los Estados Unidos al momento de invertir una cantidad sustancial

 de capital en una empresa de EE.UU.. Ciertos empleados de esa persona o de una organización calificada también puede ser

 elegible para esta clasificación. (Para los miembros dependientes de la familia, ver "Familia de E-2 Inversionistas de tratados y los empleados" a continuación.)

 

Véase EE.UU. Departamento de Países del Tratado de Estado para obtener una lista actualizada de los países con los que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación.

 

¿Quién puede solicitar el cambio de estatus a E-2 Clasificación

Si el inversor tratado se encuentra actualmente en los Estados Unidos en un estatus de no inmigrante legal, él o ella puede presentar el Formulario I-129 para solicitar un cambio de estatus a E-2 de clasificación. Si el empleado desea se encuentra actualmente en los Estados Unidos en un estatus de no inmigrante legal, el empleador calificado puede presentar

 

el Formulario I-129 a nombre del empleado.

 

Cómo obtener el E-2 Clasificación Fuera de los Estados Unidos

La solicitud de clasificación E-2 no puede hacerse en el Formulario I-129 si la persona que está siendo presentado por está físicamente fuera de los Estados Unidos. Las partes interesadas deben consultar con los EE.UU. Departamento de Estado de sitio web para obtener más información sobre cómo solicitar una visa E-2 no-inmigrante en el extranjero. Tras la emisión de la visa, la persona puede solicitar a un funcionario de inmigración del DHS en un puerto de EE.UU. de entrada para la admisión como no inmigrante E-2.

 

Requisitos generales de un Inversionista

Para calificar para la clasificación E-2, el inversor tratado deberá:

 

Ser nacional de un país con el que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación

Han invertido, o de forma activa en el proceso de invertir una cantidad sustancial de capital en una empresa de buena fe en los

 

Estados Unidos

Se buscan ingresar a los Estados Unidos únicamente para desarrollar y dirigir la empresa de inversión. Esto se establece al demostrar al menos el 50% de la propiedad de la empresa o la posesión de un control operativo a través de un cargo directivo u otro recurso corporativo.Una inversión es el inversor tratado colocación de capital, incluidos los fondos y / u otros activos, en riesgo en el sentido comercial con el objetivo de generar una ganancia. El capital debe estar sujeto a la pérdida parcial o total si la inversión fracasa.

 

El inversor tratado debe demostrar que los fondos no se han obtenido, directa o indirectamente, de la actividad criminal.

 

 Ver 8 CFR 214.2 (e) (12) para obtener más información.

 

Una cantidad sustancial de capital es:

Sustancial en relación con el coste total de la compra o bien una empresa establecida o el establecimiento de una nueva

Suficiente para asegurar el compromiso financiero del inversor tratado para el buen funcionamiento de la empresa

De una magnitud para apoyar la posibilidad de que el inversor tratado con éxito desarrollar y dirigir la empresa.

 

Cuanto menor es el costo de la empresa, mayor, proporcionalmente, la inversión debe ser sustancial para ser considerado.

Una empresa de buena fe se refiere a una empresa real, activa y funcionando comercial o empresarial que produce bienes o

 servicios con fines de lucro. Se debe cumplir con los requisitos legales para hacer negocios dentro de su jurisdicción.

 

Las empresas marginales

La empresa de inversión no puede ser marginal. Una empresa marginal es aquel que no tiene la capacidad presente o futura

para generar más ingresos suficientes para proporcionar una vida mínima para el inversor tratado y su familia.

 

Dependiendo de los hechos, una nueva empresa no puede considerarse marginal, aunque carece de la capacidad actual

 para generar dichos ingresos. En estos casos, sin embargo, la empresa debe tener la capacidad de generar tales ingresos

dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que el inversor tratado E-2 clasificación comienza. Ver 8 CFR 214.2 (e) (15).

 

Requisitos Generales del Empleado de un Inversionista

Para calificar para la clasificación E-2, el empleado de un inversor tratado deberá:

 

Sé la misma nacionalidad del empresario extranjero principal (que debe tener la nacionalidad del país del tratado)

Cumplir con la definición de "empleado" bajo la ley pertinente. Cualquiera puede participar en funciones de carácter ejecutivo o de supervisión, o si se emplea en una menor capacidad, tienen una especial cualificación.

 

Si el empleador extranjero principal no es un individuo, debe ser una empresa u organización al menos el 50% de propiedad de

 personas en los Estados Unidos que tienen la nacionalidad del país del tratado. Estos propietarios deben mantener el estatus

de no inmigrante inversionista tratado. Si los propietarios no están en los Estados Unidos, deben ser, si tuvieran que solicitar

la admisión a este país, clasificables como inversionistas en virtud de tratados de no-inmigrante. Ver 8 CFR 214.2 (e) (3) (ii).

  

Los deberes que son de carácter ejecutivo o de supervisión son los que principalmente proporcionan el control empleado última

y la responsabilidad del funcionamiento general de la organización, o un componente importante de ella. Ver 8 CFR 214.2 (e) (17)

 

 para una definición más completa.

Calificaciones especiales son habilidades que hacen que los servicios esenciales para la operación eficiente del negocio del empleado. Hay varias cualidades o circunstancias que podrían, dependiendo de los hechos, cumplen con este requisito. Estos incluyen, pero no están limitados a:

 

El grado de experiencia probada en el área de los empleados de las operaciones Ya sea que otros poseen habilidades específicas de los empleados. El salario que los requisitos especiales pueden exigir Si las competencias y cualificaciones son fácilmente disponibles en los Estados Unidos.

 

El conocimiento de una lengua extranjera y de la cultura no es, por sí mismo, cumplir con este requisito. Tenga en cuenta que en algunos casos una habilidad que es esencial en un punto en el tiempo puede llegar a ser común, y por lo tanto ya no calificado, en una fecha posterior. Ver 8 CFR 214.2 (e) (18) para una definición más completa.

 

Período de la estancia

Inversionistas calificados en virtud de tratados y los empleados se les permitirá una estancia máxima inicial de dos años. Las solicitudes de prórroga de estancia podrá ser concedida en incrementos de hasta dos años cada uno. No hay un límite máximo al número de extensiones puede ser un no inmigrante E-2 concedidos. Todos los E-2 no-inmigrantes, sin embargo, estará obligado a mantener su intención de salir de los Estados Unidos cuando su estado vence o se termina.

 

Un E-2 no-inmigrante que viaja al extranjero por lo general se podrá conceder una automática de dos años de readmisión al regresar a los Estados Unidos. Generalmente, no es necesario presentar un nuevo Formulario I-129 con el USCIS en esta situación.

 

Términos y Condiciones de E-2

Un inversor tratado o empleado sólo puede trabajar en la actividad para la cual él o ella se aprobó en el momento de concesión de la clasificación. Un E-2 empleado, sin embargo, también pueden trabajar para la empresa matriz del organismo tratado o una de sus filiales, siempre que el:

 

Relación entre las organizaciones se ha creado Empleo Subsidiario requiere habilidades ejecutivas, supervisión, o esenciales

Términos y condiciones de trabajo no han cambiado de otra manera. Ver 8 CFR 214.2 (e) (8) (ii) para más detalles.

 

USCIS debe aprobar cualquier cambio sustancial en los términos o condiciones de la E-2. Un "cambio sustancial" se define como un cambio fundamental en las características básicas del empleador, tales como, pero no limitado a, una fusión, adquisición o acontecimiento importante que afecte al inversionista o empleado ha tratado previamente aprobado relación con la organización. El inversor tratado o empresa debe notificar al USCIS al presentar un nuevo Formulario I-129 con cuota, y al mismo tiempo podrá solicitar una prórroga de estancia para el inversor tratado o empleado afectado. El Formulario I-129 debe incluir pruebas que demuestren que el inversor tratado o empleado afectado sigue reuniendo las condiciones para la clasificación E-2.

 

No está obligado a presentar un nuevo Formulario I-129 de USCIS para notificar sobre cambios no sustanciales. Un inversor tratado u organización podrá solicitar el asesoramiento de USCIS, sin embargo, para determinar si un cambio se considera sustancial. Para solicitar asesoramiento, el inversor tratado u organización debe presentar el Formulario I-129 con la tarifa y una descripción completa del cambio.

 

Ver 8 CFR 214.2 (e) (8) para más información sobre los términos y condiciones de la E-2 Inversionista.

 

Una huelga o conflicto laboral que implique un cese de actividades en el lugar previsto del empleo puede afectar a un inversor tratado canadiense o mexicano o la capacidad del empleado para obtener E-2. Ver 8 CFR 214.2 (e) (22) para más detalles.

 

Familia de E-2 Inversionistas Tratado y Empleados

Inversionistas del Tratado y los empleados pueden ir acompañadas o seguidas por los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 años de edad. Sus nacionalidades no tiene que ser el mismo que el inversor tratado o empleado. Estos miembros de la familia pueden buscar

 

E-2 clasificación de no inmigrante como dependientes y, de ser aprobado, por lo general se otorgará el mismo periodo de estancia del trabajador. Si los miembros de la familia ya están en los Estados Unidos y están buscando un cambio de estatus o extensión de estadía en un E-2 dependiente de clasificación, pueden solicitar mediante la presentación de un solo Formulario I-539 con la tarifa. Los cónyuges de los E-2 trabajadores pueden solicitar la autorización de trabajo al presentar el Formulario I-765 con cuota. Si se aprueba, no hay ninguna restricción específica en cuanto a donde el E-2 cónyuge puede trabajar.

 

Como se mencionó anteriormente, el inversionista E-2 tratado o empleado podrá viajar al extranjero y, en general se concederá una automática de dos años de readmisión al regresar a los Estados Unidos. A menos que los miembros de la familia que acompaña al inversionista E-2 tratado o empleado en el momento de la última busca reingreso a los Estados Unidos, el período de readmisión nuevo no se aplicará a los miembros de la familia. Para permanecer legalmente en los Estados Unidos, los miembros de la familia debe cuidadosamente observar el período de la estancia se les ha concedido en E-2, y solicitar una prórroga de estancia antes de su propia validez expira.

Última actualización: 04/14/2010
FUENTE:  www.dhs.gov/
 
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